Preguntas frecuentes

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Para inquilinos


¿Cómo funciona el programa de ayuda al alquiler?

El condado de Harris y la ciudad de Houston colaboran para servir de recurso a las organizaciones comunitarias que ayudan a las personas que se enfrentan a un desahucio. El programa proporciona asistencia para el alquiler a los inquilinos elegibles y aprobados para el alquiler vencido para ayudar a prevenir el desalojo. Este programa es administrado por Caridades Católicas de la Arquidiócesis de Galveston-Houston. Sólo se puede solicitar a través de un Programa de Intervención de Desalojo Socios de la Comunidad, que se encuentran en todo Houston y el condado de Harris. Para recibir asistencia, su arrendador debe aceptar participar en el programa.

¿Cómo se solicita la ayuda al alquiler?

Sólo se puede solicitar trabajando con uno de los Socios Comunitarios del EIP que se encuentran en todo Houston y el Condado de Harris. Estos socios son programas comunitarios que ofrecen otros servicios como asistencia legal o preparación para el empleo.

¿Quién puede solicitar una ayuda al alquiler?

Debe vivir en el condado de Harris o en la ciudad de Houston, ganar menos del 50% del AMI (ingreso medio medio) y tener una citación de desahucio activa (con un número de caso judicial).

2022 AMI (renta media de la zona)

Nota: el programa utiliza los índices AMI (Area Median Income) establecidos por el HUD (Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano de EE.UU.) para el año de programación 2022.

Tamaño del hogar50% de ingresos anuales AMI
1$31,050
2$35,450
3$39,900
4$44,300
5$47,850
6$51,400
7$54,950
8$58,500

¿Qué documentos debo tener listos cuando presente la solicitud?

Tendrá que aportar pruebas de lo siguiente: identificación, residencia (dirección), prestaciones o ingresos públicos y pruebas de que se encuentra actualmente en un proceso de desahucio. La lista completa está en este documento.

¿Cómo puedo comprobar el estado de mi solicitud?

Haga clic en la casilla amarilla "Comprobar mi estado" en la parte superior derecha de la página web e introduzca su número de caso. También puede utilizar su número de teléfono móvil o su dirección de correo electrónico para buscar su caso.

¿Cuándo se tramitará mi solicitud?

El programa utiliza un proceso de priorización para garantizar que se atienda en primer lugar a las personas más necesitadas (en función de su situación económica y de la fecha del juicio de desahucio). Más información aquí.

¿A quién puedo dirigirme si tengo preguntas?

Llame a nuestra línea directa al 713-874-6609. El horario del centro de llamadas es de 9.00 a 17.00 de lunes a viernes.

Puede comunicar sus dudas sobre el programa al Equipo de respuesta al cliente. Ellos investigarán sus preocupaciones y se pondrán en contacto con usted.

¿Qué ocurre si necesito ayuda jurídica en mi caso de desahucio?

Consulte la sección Recursos para conocer las opciones de asistencia jurídica gratuita.

¿Cuánta ayuda al alquiler puedo recibir?

Dependiendo de los requisitos y de la disponibilidad de fondos, puede recibir hasta 18 meses de ayuda al alquiler del programa. Si su hogar ya ha recibido ayuda para el alquiler del programa, esta se sumaría al máximo de 18 meses.

¿Puedo recibir una ayuda al alquiler si me he mudado o me han desahuciado?

Debe residir actualmente en una propiedad para recibir la ayuda al alquiler de la misma. Solo puede solicitar la ayuda al alquiler si se enfrenta a un desahucio pero sigue viviendo en la vivienda.

¿Cómo recibiré los pagos de la ayuda al alquiler?

El propietario debe aceptar las condiciones del programa antes de que puedan efectuarse los pagos. Si usted y su casero aceptan participar, los pagos pueden hacerse al casero o al inquilino, según la preferencia acordada.

¿Cómo puedo retirar mi solicitud?

Si ya no necesita ayuda para el alquiler, póngase en contacto con update@houstonharrishelp.org para informar al programa.


Para los propietarios


¿Cómo puedo inscribirme como propietario?

En primer lugar, compruebe el directorio de propietarios para asegurarte de que no estás inscrito; comprueba si tu perfil está actualizado y la información es correcta. Si no estás inscrito, rellena el formulario de inscripción de arrendadores.

¿Dónde puedo conectarme al portal del propietario?

Los propietarios disponen de un portal para revisar los pagos, ver los casos en curso y realizar modificaciones en su cuenta. Puede visitar el portal de propietarios aquí. Su nombre de usuario es su correo electrónico. Si desea solicitar acceso al portal de propietarios, envíe un correo electrónico a landlord.enrollment@catholiccharities.org.

He restablecido mi contraseña en el portal, pero no he recibido ningún correo electrónico. ¿Qué debo hacer?

Los propietarios pueden restablecer sus contraseñas haciendo clic en "¿Ha olvidado su contraseña?" en el Portal de Propietarios página de acceso. Se enviará un enlace para restablecer la contraseña a la dirección de correo electrónico registrada para la empresa inmobiliaria.

Si no recibe un correo electrónico, compruebe sus carpetas de correo no deseado y spam para obtener instrucciones sobre el restablecimiento de la contraseña. Para más información sobre el Portal del Propietario, diríjase a landlord.enrollment@catholiccharities.org.

¿Cómo puedo cambiar mis datos de contacto?

La mayoría de la información del propietario o de la empresa inmobiliaria puede modificarse directamente en el Portal del Propietario una vez que haya iniciado sesión. Si necesita más ayuda para actualizar la información del propietario o de la empresa inmobiliaria, envíe una solicitud a landlord.enrollment@catholiccharities.org.

¿Cómo puedo comprobar el estado de la solicitud de mi inquilino?

Visite houstonharrishelp.org y haga clic en "Comprobar mi estado". Necesitará el consentimiento de su inquilino y el número de caso o la información de contacto para buscar la solicitud. También puede ver el estado de su inquilino en su perfil del portal de propietarios.

No veo la solicitud de mi inquilino en el portal del propietario. ¿Qué debo hacer?

El portal de arrendadores se actualiza en tiempo real con los procesos de solicitud. Si un inquilino no aparece en su perfil, esto podría estar ocurriendo por un par de razones:

  • Es posible que tu inquilino haya presentado la solicitud sin incluirte como propietario o que haya elegido al propietario incorrecto. Hasta que no revisemos este caso y lo vinculemos a tu perfil, no aparecerá en el portal.

Puede que haya cuentas de propietario duplicadas para usted/su propiedad y que su inquilino esté utilizando una diferente a la que usted está comprobando.

Si necesita más ayuda o información, póngase en contacto con landlord.enrollment@catholiccharities.org.

Soy un nuevo propietario. El propietario anterior estaba inscrito en el programa. ¿Cómo puedo ayudar ahora a mis inquilinos?

Si la propiedad está bajo una nueva gestión con información de identificación fiscal diferente, el nuevo propietario y la nueva gestión tendrán que inscribirse de nuevo. Puede volver a inscribirse con una nueva cuenta de empresa en la sección "Propietarios". En la parte derecha encontrará información sobre la inscripción y el botón "Continuar con la inscripción". La solicitud de inscripción está aquí. Asegúrese de que sus inquilinos seleccionan el nombre del nuevo propietario o de la nueva propiedad cuando realicen la solicitud.

Mi inquilino recibió directamente la ayuda al alquiler, pero yo nunca la recibí. ¿Qué debo hacer?

Si el inquilino recibió ayuda directa, ésta debería habérsele pagado a usted, el propietario, en concepto de alquiler. Si no ha recibido este pago del inquilino, se trata de una infracción de las condiciones del programa. Puede notificar el problema aquí.

He recibido dos ayudas al alquiler el mismo mes. ¿Qué debo hacer?

Es posible que tenga que devolver el pago duplicado. Para más información sobre la devolución de un pago, envíe un correo electrónico a rentalrefunds@catholiccharities.org

Ya no quiero participar en el programa. ¿Cómo puedo darme de baja?

Puede darse de baja del programa en cualquier momento enviando un correo electrónico a landlord.enrollment@catholiccharities.org.